COMPONENTES

Ruben Alonso Palma
Angela González San Martín
Leticia Pizá Nerín
Adriana Obispo Momó

sábado, 1 de mayo de 2010

Hacia el modelo austriaco de despido

Acaba de saberse que la tasa de paro en España ha alcanzado el 20%. No sólo se trata de que esas 4.612.700 personas paradas representen una cifra terrible, detrás de la que hay un altísimo coste social, sino que, desgraciadamente, es probable que siga aumentando.
Y está cada vez más claro que no habrá “cambio de modelo productivo” sin reforma laboral. Entre tanto, las negociaciones entre los agentes sociales se eternizan.
En su último documento sobre la reforma laboral, el Gobierno propone que las indemnizaciones por despido se modifiquen en la línea del llamado sistema austriaco. Esta propuesta aún está muy poco definida y su concreción podría llevar a una reforma positiva del mercado de trabajo o a una reforma catastrófica que aumente el paro aún más.
En Austria se implantó con acuerdo social en 2002 un sistema que sustituyó la indemnización por despido por una contribución mensual de las empresas del 1,53% del salario (igual al coste medio del despido del sistema anterior). La contribución se deposita en una cuenta individual y el trabajador la cobra cuando es despedido o, si no lo es, al jubilarse. Si cambia de empresa voluntariamente, se lleva el fondo a su nueva empresa. El Gobierno español propone un sistema híbrido: se mantendría un pago de la empresa al despedir y el trabajador cobraría además otro importe proveniente de cotizaciones empresariales previas, a la austriaca.
Ventajas del sistema
Este sistema podría ser beneficioso para todos. Todos los trabajadores acumularían derechos en el fondo, incluso si no fueran despedidos. Además, la economía sería más flexible, con mayor movilidad voluntaria de los trabajadores, mayor tasa de ahorro y un segundo pilar del sistema de pensiones.
Finalmente, los empresarios reducirían sus costes de despido y podrían adaptar mejor sus plantillas, lo que reduciría su miedo a contratar y su probabilidad de quiebra. Cabe mencionar que la tasa de paro en Austria es del 5%, aunque esto no se debe sólo a su sistema de indemnizaciones por despido.
El éxito de ese sistema dependería crucialmente de su formulación concreta. La propuesta del Gobierno toma como punto de partida el contrato de fomento del empleo, con indemnización de 33 días por año trabajado. Esta propuesta tiene un elemento muy positivo: el Gobierno pretende igualar la indemnización del despido improcedente por causas económicas y por causas disciplinarias para el contrato de fomento. En el kafkiano mercado de trabajo español este contrato apenas es utilizado. Los empresarios minimizan sus costes usando –y pervirtiendo– la figura en principio más costosa del despido disciplinario improcedente no justificado de 45 días, porque sólo así evitan ir a juicio.
Esta propuesta supondría un aumento de flexibilidad y, junto con la extensión del contrato de fomento a colectivos de trabajadores hoy excluidos (varones de 31 a 44 años), induciría su práctica universalización entre los trabajadores indefinidos.
Pero el modelo híbrido propuesto no puede consistir en partir de esos 33 días de indemnización y añadir un fondo portátil individual de tipo austriaco, pues esto aumentaría, en vez de disminuir, los costes de despido. La razón es que el sistema actual consiste en una indemnización pagada sólo si se despide (en el ‘coste esperado’ se considera la probabilidad de despedir) y el sistema propuesto incluye una cotización a un fondo pagada en cualquier caso. Si el nuevo sistema causara un aumento de los costes laborales de las empresas, su implantación podría ser muy perjudicial para el empleo y sería preferible no introducirlo.
Consideremos, a título de ejemplo, un sistema más asequible para las empresas y el Estado. Supongamos que la indemnización fuera de 15 días cobrados en caso de despido más 10 días acumulados en un fondo a la austriaca, de los que, por ejemplo, la empresa abonase 6 días y el Estado 4. Esto supondría un coste del 1,5% del salario para la empresa y del 1% para el Estado. El Estado podría compensar a las empresas reduciendo las cotizaciones sociales en un 1,5% con cargo al presupuesto y compensar su 1% suprimiendo las bonificaciones a los contratos indefinidos, que no elevan el empleo neto y representan el 0,9% del coste laboral. Como la rotación laboral caería significativamente, las empresas se beneficiarían de menores costes y mayor eficiencia, lo que compensaría sobradamente las inútiles bonificaciones.
Nociva dualidad
Un sistema así supondría una mejora con respecto al actual, pero no alcanzaría un objetivo clave de la reforma: reducir drásticamente la nociva dualidad entre un segmento de trabajadores muy rígido y otro totalmente desprotegido, formado en su mayoría por jóvenes y poco cualificados, y sin perspectivas profesionales, pues ni ellos ni los empresarios tienen incentivos para invertir en su formación. Para reducir esta dualidad, la reforma debe reducir la brecha entre el coste de despido de los indefinidos y los temporales. Esto se podría conseguir con un contrato como el antes descrito, pero con una indemnización inicial más baja (digamos de 6 días más 4 de fondo austriaco el primer año), que subiera en 2 días por año hasta los 15 días de indemnización más los 10 días de fondo. Otra ventaja es que así el coste del nuevo contrato sería más asequible para el Estado.
Cómo se diseñe la reforma laboral determinará si coadyuva o no a lograr el objetivo primordial: integrar en el mercado de trabajo tanto al 20% de la población activa que sufre la desprotección máxima, el paro, como al 17% de ésta que tiene un contrato temporal.
Samuel Bentolila, profesor de Economía del CEMFI, y Luis Garicano, profesor de Economía de la London School of Economics.

Ultimátum de Corbacho: habrá reforma laboral en tres semanas

Juande Portillo - Madrid - 30/04/2010
Una cosa es que los plazos sean flexibles y otra, bien distinta, es que no los haya. Por eso, aunque todo el mundo dio por sentado que la reforma del mercado laboral no tenía por qué estar sellada estrictamente antes del 30 de abril, fecha apuntada inicialmente, las voces que desde la CEOE apuntan ya a que las conversaciones continuarán abiertas en junio han hecho reaccionar al Gobierno. El ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, advirtió ayer que "en el caso de que la patronal y los sindicatos no lleguen a un acuerdo en el plazo de dos semanas", el Ejecutivo decidirá en solitario el futuro de la reforma dentro de tres.
"Entonces, cada uno deberá explicar por qué no se ha llegado a ese consenso", concluyó, según recogió Europa Press, a su entrada al X Seminario de Empleo celebrado en Gijón. Corbacho defendió que el plazo es "razonable" y que las decisiones "no se pueden demorar más allá". Entre las propuestas hechas por el Ejecutivo destacó la importancia de adaptar el llamado modelo alemán. Éste facilita al empresario reducir jornadas y salarios y compensa al trabajador con prestaciones. Una medida que, según Corbacho, evitaría 600.000 parados por cada 1,5 millones de trabajadores beneficiados.
Ignacio Fernández Toxo, secretario general de CC OO, respondió que espera lograr en breve "avances suficientes para llegar a un acuerdo que tendría que haberse producido hace tiempo". Para ello, sindicatos y patronal llevarán a cabo, con Gobierno y sin él, reuniones discretas para poder "discutir sin tener los focos encima", dijo. Fuentes cercanas a la negociación indican que se producirán contactos bilaterales antes del lunes, cuando hay convocada otra reunión tripartita.
Documento sindical
En la última, que tuvo lugar ayer, CC OO y UGT presentaron un documento conjunto valorando la última propuesta del Ejecutivo. Aunque consideran positivo el plan de empleo joven y la reordenación de bonificaciones, piden que se refuerce y profesionalice el personal del INEM, y reclaman más concreción sobre la contratación y el despido.

Más representación para autónomos y cooperativas
La Conferencia Sectorial de Empleo, que reunió ayer al ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, y a los responsables del área en las comunidades autónomas, dio el primer paso para reconocer la representación de los trabajadores autónomos. El borrador de la norma establece las condiciones por las que se regulará el peso de las asociaciones del colectivo en el futuro Consejo del Trabajo Autónomo. El texto da igual importancia a la presencia territorial que al número de afiliados, y tiene en cuenta el personal y las actividades realizadas. Se espera que su desarrollo incluya, al menos, a ATA, UPTA y CEAT en el organismo.
La Conferencia revisó además la futura ley marco para las empresas de la Economía Social, principalmente cooperativas, cuya aprobación está prevista para junio. Se creará entonces el Consejo de Fomento de este grupo, con voz en Trabajo.

PREGUNTAS TEST

1. Según la nacionalidad ¿Qué trabajadores necesitan autorización laboral o permiso de trabajo para trabajar en España?
A) Todos los trabajadores necesitan una autorización laboral.
B) Únicamente los que no tengan nacionalidad española.
C) En España nadie necesita autorización para trabajar.
D) Los extracomunitarios.

2. Si sufres acoso por parte de tu superior directo, en tu centro de trabajo, ¿Qué opción es la jurídicamente más protectora para el trabajador/a?

A) Denunciar y esperar a que concluya el proceso.
B) Alegar que hay causa de despido indirecto.
C) Dimitir y que te paguen tu finiquito.
D) Todas las anteriores son falsas.

3. Juan desempeña sus funciones en un puesto de trabajo por el que recibe un complemento de toxicidad. Si le cambian de trabajo….:
A) El complemento se consolidará en todo caso, aunque haya un pacto que establezca lo contrario.
B) Este complemento si se consolida porque es de carácter personal.
C) Siempre que haya un cambio de puesto de trabajo, se perderán todos los complementos sin excepción, aunque se haya pactado lo contrario.
D) No se consolidara salvo que se pacte su carácter consolidable.

4. Ante movilidad funcional del trabajador dentro de la propia empresa:
A) En caso de movilidad descendente el trabajador recibirá el mismo salario que obtendría en su puesto normal.
B) El trabajador recibirá el salario correspondiente a la función inferior pero solo de manera temporal.
C) En caso de movilidad ascendente no tendrás derecho a una retribución superior, ya que ocupas el puesto de forma temporal.
D) En caso de movilidad ascendente solo podrás pedir el ascenso si desarrollas la función superior, al menos, durante 3 años.

5. Mónica recibe 1200 euros en concepto de salario, si el convenio laboral fija el salario mínimo en 1000 euros y ese año se aumenta un 4 % :
A) Según el principio de absorción Mónica tiene derecho a este aumento.
B) Cada vez que se incrementa el salario en el convenio, tendrá que renegociar su contrato.
C) Según el principio de absorción no tendrá derecho a dicho aumento, hasta que el salario mínimo del convenio no supere los 1200 euros.
D) Mónica podrá reclamar el aumento ante los juzgados de lo social.